El Vaticano, la última monarquía absoluta en Europa
- Pablo Díaz Gayoso
- 8 may
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El mundo entero tiene la mirada puesta en Roma, esperando ansiosamente el anuncio en la Plaza de San Pedro de la elección del nuevo Sumo Pontífice, quien asumirá el papado tras el fallecimiento de Francisco. La fumata blanca, que ha salido hoy jueves a los pocos minutos de las 18:00 horas hora local en Roma. Sin embargo, el halo de misterio que lo envuelve a veces nos hace olvidar que es un sistema que se salta todos los consensos democráticos que imperan en la región.

El Vaticano, pese a contar con siglos de historia, es un estado reconocido desde 1929. En ese año, el gobierno fascista de Benito Mussolini firmó con el entonces papa, Pío XI, los Pactos de Letrán, por los cuales se reconoce la soberanía e independencia de la Ciudad del Vaticano. Al mismo tiempo, se regulaban las relaciones singulares entre el estado italiano y el Vaticano. Al tiempo, Pío XI promulgó la Ley Fundamental de la Ciudad del Vaticano, que sirve de constitución del único estado-religión del mundo. En ella, junto con las respectivas reformas de Juan Pablo II en el 2000 y de Francisco en 2023, el papa es la piedra angular que dirige y ordena al estado. El Sumo Pontífice ostenta la jefatura de estado y los poderes ejecutivo, legislativo y judicial. Si bien es cierto que existen órganos que tienen asignada la función legislativa, la Comisión Pontificia está compuesta por un Cardenal Presidente (que también ejerce potestades ejecutivas) y otros cardenales, todos elegidos para un período de cinco años por el Sumo Pontífice. Además, el poder papal no se limita a la mera elección de cargos, también puede intervenir directamente en los procesos legislativos y judiciales.
De igual manera, se ejerce el poder judicial. Los órganos judiciales vaticanos son: la Penitenciaría Apostólica, el Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica y el Tribunal de la Rota Romana. La Penitenciaría ejerce del fuero interno, sea sacramental o no sacramental, concede la absolución de censuras, dispensas, conmutaciones, sanaciones, condonaciones y otras gracias. El Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica, compuesto por cardenales, obispos y presbíteros nombrados por el papa por cinco años, es presidido por el cardenal prefecto. Se pronuncia sobre asuntos civiles (recursos administrativos) o penales, como los asuntos de violencia sexual, siempre que hayan ocurrido dentro de los muros de la Ciudad. Por último, está el Tribunal de la Rota Romana, que ejerce como instancia superior en el grado de apelación en la Sede Apostólica con el fin de tutelar los derechos en la Iglesia. Le corresponde juzgar el hecho de la no consumación del matrimonio y la existencia de justa causa para conceder la dispensa.
Como hemos visto, el papa cuenta con plenos poderes para ejercer con gran autonomía. No obstante, no hemos mencionado la existencia de contrapoderes. En las democracias liberales del entorno existe el principio de "contrapoder". Este consiste en una red de instituciones cuya función es hacer de contrapeso entre los poderes del estado y así conseguir un cierto equilibrio que evite excesos y abusos. En las democracias parlamentarias, ese contrapoder lo ejerce el parlamento contra el poder ejecutivo, vía aprobación de leyes, presupuestos o la propia investidura del gobierno. En el caso de la Santa Sede, esos contrapesos son notablemente más débiles y difusos.

El Sumo Pontífice cuenta con la inviolabilidad del cargo; solamente su renuncia personal puede expulsarlo del trono de San Pedro. Dentro de la lógica religiosa, tiene su sentido particular. Doctrinalmente, el papa es el elegido por el Espíritu Santo para ejercer como vicario de Cristo en la Tierra con la misión de seguir la labor evangelizadora comenzada por San Pedro. Además, el Código de Derecho Canónico no deja lugar a dudas. En su artículo 331 dice: "El obispo de la Iglesia Romana, en quien continúa el oficio otorgado por el Señor únicamente a Pedro, el primero de los apóstoles, y que debe transmitirse a sus sucesores, es cabeza del colegio episcopal, Vicario de Cristo y pastor de la Iglesia universal en la tierra. En virtud de su oficio, posee la potestad ordinaria suprema, plena, inmediata y universal en la Iglesia, que siempre puede ejercer libremente"; también en el artículo 1404 dice: "La Primera Sede no es juzgada por nadie" y el 1405: "Es derecho exclusivo del Romano Pontífice juzgar en las causas de que trata el artículo 1401 (…) cosas espirituales y violación de las leyes eclesiásticas". Así que su único límite es el derecho divino, pero tampoco se explicitan las consecuencias terrenales de promulgar leyes que contradigan dicho derecho. Dado que este es un análisis político empírico, no vamos a contar con la rendición de cuentas con Dios como un contrapeso válido.
Sin embargo, sí podemos contar con la estructura estatal burocrática de la Santa Sede como una forma indirecta de contrapeso al papa. Cabe decir que esta forma de control se ejerce en todas las estructuras estatales del mundo, sean o no democráticas. Los principales son el Colegio Cardenalicio, la Curia Romana y el Gobernatorato del Estado de la Ciudad del Vaticano. El Colegio es el encargado de elegir al nuevo papa y es el que se reúne en cada ocasión en el Cónclave; asimismo, ejerce de órgano consultor. La Curia es el órgano administrativo religioso central de la Iglesia Católica (la Secretaría de Estado es la más relevante), mientras que el Gobernatorato se encarga de los asuntos civiles. La última Presidenta del Gobernatorato de Francisco fue Raffaela Petrini, primera mujer en liderar la organización en la historia, quien ocupó el cargo desde el 1 de marzo de 2025 hasta la muerte de Francisco en abril.

En definitiva, el gobierno del estado de la Ciudad del Vaticano es uno que encaja mejor con la categoría de monarquía absoluta religiosa. Esto se debe a que la figura del Santo Padre ostenta el poder político y religioso propio de una teocracia y carece de los contrapoderes propios de los regímenes posteriores a la Revolución Francesa. Si lo comparamos con otra teocracia como la República Islámica de Irán, el líder supremo es elegido por una asamblea también, por la Asamblea de Expertos de la Dirección. Con la diferencia de que en Irán la composición de la Asamblea es elegida por sufragio universal (claro que este es censurado por el Consejo de Guardianes) cada 8 años; mientras que en el Vaticano el Colegio Cardenalicio es elegido por el papa anterior y tiene carácter vitalicio. La legitimidad de la elección no recae en un respaldo popular de la población católica, sino en la voluntad del Santo Pontífice. Considerándose así el Vaticano, la última monarquía absoluta en Europa
El papa también es infalible. Es verdad que solo para cuestiones de fe, no para cualquierotra cosa.
Y me imagino que dentro del Vaticano también es impune. Pero eso sucede también en paises como España con el rey.